Director nacional
   
 
¿Cómo puedo visitar a un familiar, pariente o amigo que se encuentra recluido?
¿Pueden recibir encomiendas los internos?
¿Cómo postular a Beneficios Intrapenitenciarios?
¿Cómo postular a Libertad Condicional?
¿En qué consiste la Libertad Condicional?
¿Se puede solicitar traslado de unidad?
¿Quiénes pueden solicitar permisos especiales de salida?
¿ Qué debe que hacer una persona, que cumplie una medida alternativa a la reclusión?
¿Qué obligaciones tiene una persona que ha sido condenada a una medida alternativa a la reclusión?
¿Qué pasa si una persona no cumple con las obligaciones que le demandan las Medidas Alternativas?
¿Qué derechos tiene una persona que hace uso de medidas alternativas a la reclusión?
Al estar cumpliendo una medida alternativa, ¿se puede salir del país? ¿ Quién lo debe autorizar?
¿Qué pasa con los antecedentes cuando una persona tiene una condena?

¿Cómo realizo el enrolamiento de visita?

 

¿Cómo realizo el enrolamiento de visita?

El tema del enrolamiento para visitar a los internos, es obligatorio para todas las Unidades Penales de la Región Metropolitana, y éste se realiza en la Oficina de Informaciones, calle Agustinas 1491, en  horario de 8:30 a 17:00 y en la Unidad Capitán Yaber en el mismo horario.
En regiones sólo es obligatorio el enrolamiento en las unidades penales que tienen en funcionamiento este sistema y el lugar de enrolamiento es en la misma unidad penal.