El Sistema de Medidas Alternativas a la Reclusión (en adelante, MAR) se aplica en Chile como cuerpo legal integrado de sanciones a partir del 14 de Mayo de 1983, fecha en que fue promulgada la Ley 18.216. Esta normativa estableció las medidas de Remisión Condicional de la Pena, Reclusión Nocturna y Libertad Vigilada del Adulto como substitutos a las penas en prisión de corta duración para sujetos sin antecedentes penales previos. Su finalidad es reducir la aplicación de la pena privativa de libertad y permitir una intervención no institucionalizada de quienes han cometido un delito, ampliando el espectro de servicios disponibles para resolver problemas y necesidades que dificulten la integración social e involucrando al resto de la comunidad en el proceso.
Si bien estas medidas surgen en Chile más como una salida al creciente problema de sobrepoblación penitenciaria, su componente doctrinario se enmarca dentro de las tendencias actuales en política criminal que, sin desestimar las funciones preventivas generales de las penas, buscan mejorar la calidad de los resultados en cuanto a la reinserción social de quienes han delinquido, racionalizando la aplicación de las penas de prisión sólo para aquellos casos que, por la gravedad del delito y los potenciales riesgos asociados a ellos, no sea posible aplicar una medida sustitutiva (ver Fundamentos Político Criminales de las MAR).
Sus ventajas son diversas; por un lado, permiten que el individuo mantenga los roles y vínculos afectivos con su familia y la comunidad, pueda trabajar o estudiar y reparar el daño causado, evitando los efectos desocializadores que pudiera provocarle el paso por prisión. Por otro, disminuyen el hacinamiento en las cárceles y los costos operativos del sistema penitenciario en general. Finalmente, permiten a la comunidad involucrarse directamente en la reinserción social de la persona condenada, promoviendo en la ciudadanía una visión más amplia, constructiva y humanitaria de las estrategias que es necesario desarrollar para abordar el fenómeno delictivo.
Desde la promulgación de la Ley 18.216 y su Reglamento, la población condenada con MAR había ido aumentando de manera sostenida, con la sola excepción del año 1990, en el que hubo una brusca caída del promedio de penados que, sin embargo, rápidamente comenzó a remontar. Durante los 10 años siguientes se registra el mayor crecimiento del sistema, llegando el año 2000 a su máximo punto de crecimiento. Entre los años 2000 y 2004 - coincidiendo con los primeros años de funcionamiento de la Reforma Procesal Penal - nuevamente disminuye el promedio anual de población condenada en MAR. Ello se explica por el impacto de la Ley de Indulto Jubileo 2000, la tendencia de crecimiento en la población recluida y la incorporación de las Salidas Alternativas al Procedimiento Penal - en especial, la Suspensión Condicional del Procedimiento - que absorbieron un alto porcentaje de los casos que anteriormente eran condenados a Remisión Condicional de la Pena. Este efecto se mantiene hasta el segundo semestre del año 2005, momento en el que la población de todas las MAR vuelve a crecer progresivamente (ver tablas Excel con la EVOLUCIÓN DE LAS MAR).
Los sujetos con MAR representan en la actualidad el 50% del total de la población atendida por Gendarmería de Chile, proporción que aumenta al 56% si se considera sólo a la población condenada. Al efectuar una distribución por género se observa que, comparada con la población recluida, la población femenina es proporcionalmente mayor en el Sistema del Medio Libre.