La Reclusión Nocturna es una medida en la que las personas cumplen su pena pernoctando en un establecimiento de Gendarmería, entre las 22:00 hrs. de cada día y las 06:00 hrs. del día siguiente por un período definido por el Tribunal. Este beneficio se puede otorgar a sujetos con antecedentes penales cuyas condenas anteriores sumadas no excedan de 2 años y/o a sujetos primerizos cuya pena restrictiva de libertad impuesta por la sentencia condenatoria no exceda de 3 años. Se trata de una fórmula orientada al control y disuasión de los penados, permitiéndoles continuar con sus actividades habituales durante el día, con el propósito de inhibir en ellos la comisión de nuevos delitos que pudieran acarrearles la revocación de la medida alternativa otorgada y, por consiguiente, el cumplimiento efectivo de la pena en prisión.