El Circuito de la Reinserción Social se define como el proceso que debe realizar un condenado, este se inicia con el Diagnóstico en el cual se analizan variables sociales, psicológicas, criminológicas, educacionales y laborales, para en conjunto determinar las áreas deficitarias del individuo y conocer la génesis de la conducta criminal.
Posteriormente y luego de la aplicación de un programa de intervención diferenciada, el condenado que reúna una serie de requisitos que se encuentran estipulados en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, puede progresivamente postular a Beneficios Intrapenitenciarios, que lo acercarán en forma paulatina al medio libre, a través de salidas dominicales, salidas de fin de semana y salida controlada al medio libre que tiene como fin salir a estudiar, trabajar o asistir a actividades de rehabilitación.
Así mismo el condenado puede postular al beneficio de Libertad Condicional que es una forma de cumplimiento en absoluta libertad y sólo con un control administrativo semanal. Cuando el condenado cumple su condena, puede acogerse en forma voluntaria al Decreto Ley N° 409 que elimina los antecedentes penales y para ello los condenados primarios se controlan en los Patronato Locales de Reos por 2 años y los condenados reincidentes por un lapso de 5 años.
Luego de haber cumplido todos los requisitos, las Secretarias Regionales Ministeriales de Justicia emiten una resolución en que se eliminan, "para todos los efectos", los antecedentes penales y el condenado puede reintegrarse como un ciudadano a su comunidad. |